En virtud de los artículos 68.2 y 69.2 de la Constitución Española de 1978[1] los límites de la circunscripción deben ser los mismos que los de la provincia de Soria, y en virtud del artículo 140, su ámbito sólo puede modificarse con la aprobación del Congreso. El voto es sobre la base de sufragio universal secreto. En virtud del artículo 12 de la constitución, la edad mínima para votar es de 18 años.
En el caso del Congreso de los Diputados y de las Cortes de Castilla y León, el sistema electoral utilizado es a través de una lista cerrada con representación proporcional y con escaños asignados usando el método D'Hondt. Sólo las listas electorales con el 3 % o más de todos los votos válidos emitidos, incluidos los votos «en blanco», es decir, para «ninguna de las anteriores», se pueden considerar para la asignación de escaños.
En el caso del Senado, el sistema electoral sigue el escrutinio mayoritario plurinominal. Se eligen cuatro senadores y los partidos pueden presentar un máximo de tres candidatos. Cada elector puede escoger hasta tres senadores, pertenezcan o no a la misma lista. Los cuatro candidatos más votados son elegidos.
Elegibilidad
El artículo 67.1 de la Constitución española prohíbe ser simultáneamente miembro del Congreso de los Diputados y de un parlamento autonómico, lo que significa que los candidatos deben renunciar al cargo si son elegidos para un parlamento autonómico. No existe incompatibilidad similar en el caso de los senadores. El artículo 70 aplica también la inelegibilidad a los magistrados, jueces y fiscales en activo, Defensor del Pueblo, militares en servicio, los agentes de policía en activo y los miembros del tribunal constitucional y juntas electorales.
Número de diputados
En todas las elecciones generales celebradas tras la restauración de la democracia se habían elegido en Soria tres diputados, reduciéndose ese número a dos a partir de 2008.
En virtud de la ley electoral española, todas las provincias tienen derecho a un mínimo de dos escaños con 248 escaños restantes prorrateada de acuerdo a la población, salvo las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, que cada una cuenta con un escaño en el Congreso y dos en el Senado.[2] Esta normativa se explica detalladamente en la ley electoral 1985 (Ley Orgánica del Régimen Electoral General).
En todas las elecciones autonómicas celebradas tras la restauración de la democracia se han elegido en Soria cinco procuradores.
↑Resultado de las elecciones al Congreso de los Diputados en 2015 Archivado el 20 de diciembre de 2015 en Wayback Machine.
↑PAÍS, Ediciones EL. «Resultados Electorales en Soria: Elecciones Generales 2016». EL PAÍS. Archivado desde el original el 25 de abril de 2019. Consultado el 25 de abril de 2019.
↑ abPAÍS, Ediciones EL. «Resultados Electorales en Soria: Elecciones Generales 2019». EL PAÍS. Consultado el 12 de mayo de 2019.
↑Resultado de las elecciones al Senado en 2015 Archivado el 24 de diciembre de 2015 en Wayback Machine.
↑PAÍS, Ediciones EL. «Resultados Electorales en Soria: Elecciones Generales 2016». EL PAÍS. Archivado desde el original el 25 de abril de 2019. Consultado el 25 de abril de 2019.
↑PAÍS, Ediciones EL. «Resultados Electorales en Soria: Elecciones Generales 2019». EL PAÍS. Consultado el 12 de mayo de 2019.
↑«Resultados electorales en Soria: Elecciones Generales 10N-2019». El País. 2019. Consultado el 1 de febrero de 2021.
Enlaces externos
Resultados de las elecciones en el ámbito nacional