Obligación de objeto múltiple

Obligación de objeto múltiple, de objeto plural, de objeto compuesto, con pluralidad de objetos, compuesta u objetivamente compleja es aquella obligación en que se deben varias cosas,[1]​ existen varios objetos adeudados.[2]​ Por ejemplo, la obligación del comprador de pagar por el establecimiento completo y sus acciones al vendedor. La obligación de objeto múltiple se opone a la obligación de objeto único.[3]

Clases

Véase también

Referencias

  1. Ramos Pazos, Nº 69.
  2. Abeliuk, Nº 370.
  3. «Obligación de objeto plural o compuesto». Enciclopedia jurídica. 2014. Consultado el 14 de mayo de 2015. 

Bibliografía

  • Alessandri Rodríguez, Arturo (1988). Teoría de las Obligaciones (1ª edición). Santiago de Chile: Editorial Jurídica Ediar-Conosur. Registro de propiedad intelectual N° 70 074. 
  • Claro Solar, Luis (1936). Explicaciones de Derecho Civil Chileno y comparado, V: De las Obligaciones. Santiago de Chile: Editorial Jurídica de Chile. 
  • Fueyo Laneri, Fernando (1958). Derecho Civil, De las Obligaciones (1ª edición). Valparaíso, Chile: Im. y Lit. Universo S.A. 
  • Martínez Aguirre de Aldaz, C. (2011). Curso de Derecho Civil. Volumen II: Derecho de Obligaciones (3ª edición). Madrid, España: Editorial Colex. 

Enlaces externos

  • Obligaciones de objeto plural Archivado el 18 de mayo de 2015 en Wayback Machine.
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