Suplicatorio

Un suplicatorio del latín tardío "supplicātor", suplicante, es conforme la definición más usual en términos políticos "la instancia que un juez o tribunal eleva a un cuerpo legislativo, pidiendo permiso para proceder en justicia contra algún miembro de ese cuerpo",[1][2]​ habida cuenta de que habitualmente los representantes parlamentarios gozan de inmunidad, o fuero parlamentario.[3][4]

Referencias

  1. Link a definición de suplicatorio según el DRAE, 22ª edición.
  2. Artículo de 05/08/2009 de "El País" sobre la petición de suplicatorio al Senado por parte del Tribunal Supremo para procesar al senador D. Luís Bárcenas (consultado el 02/02/2010).
  3. Remisión al Reglamento del Senado español, donde regula en su art. 22 y ss. la inmunidad de los Senadores durante su periodo de mandato. BOE número 114 de 13/05/1994, páginas 14687 a 14709.
  4. El art. 71 de la Constitución Española de 1978 establece la obligatoriedad del suplicatorio para enjuiciar a Diputados y Senadores durante su mandanto

Véase también

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